¿Qué hacer tras una defunción?
¿Qué hacer y qué decir cuando llamemos a una funeraria?
1. Dada la situación de que no se haya producido aún el fallecimiento, pero sepamos que nos podemos encontrar en la fase terminal de un familiar o amigo, poder decidir antes qué funeraria vamos a escoger para realizar el servicio, reunir información sobre presupuestos y sentir el trato el trato amable y profesional de “Personas Que Atienden A Personas”.
2. Es importante saber que entre las 24 y las 48 horas del fallecimiento, el cadáver debe ser inhumado o incinerado.
- En el primer supuesto, la inhumación, debemos tener prevista la compra de nicho o sepultura en el cementerio que corresponda.
- En el segundo supuesto, la incineración, es conveniente pensar sobre el destino que se dará a las cenizas: esparcirlas, sepultura o nicho del cementerio, custodia familiar.
3. La familia debe decidir quién o quiénes contactaran con la empresa funeraria, por lo que, idealmente aquellos que se encuentren en mejores condiciones de ánimo, serán los mejores interlocutores para que sus deseos y necesidades sean bien entendidas y ejecutadas por los profesionales que les estarán atendiendo.
4. Una vez que se produzca el fallecimiento, es imprescindible obtener el DNI (original o fotocopia) del fallecido/a ya que el mismo es requerido por el Médico para poder certificar la defunción.
5. La familia debe de valorar qué tipo de acto o ceremonia quieren llevar a cabo.
6. A parte de estas recomendaciones iniciales, en la sección de SERVICIOS JURIDICOS de esta pagina web podrán ver los 10 trámites imprescindibles tras la muerte de un familiar, que a través nuestra área de servicios jurídicos podrán ver solucionados de forma expedita y una gran parte de ellos sin cargos o costos adicionales.
7. Contacte con nosotros a través de nuestro número general 987 37 40 70 o presione el logo de la funeraria de su área o preferencia para visualizar los números de teléfono locales y ubicación de cada tanatorio.